viernes, 31 de octubre de 2014

ELEMENTOS DEL DELITO

CONDUCTA: Se define como el comportamiento humano, encaminado a un proposito, dicho comportamiento es voluntario de la persona.

  • Acto positivo o negativo
  • Un resultado
  • Una relación de causalidad entre el acto y el resultado

TIPICIDAD: Es la acción típica que solo se acomoda a la descripción objetiva, queda referencia a elementos normativos y subjetivos en una conducta que se reputa delictuosa, por violar un precepto, una norma, penalmente protegida.

  • Garantista
  • De motivación
  • Indicaría

ANTIJURICIDAD: Elemento positivo del delito. Es considerada como delito. para que este sea delictiva, debe contravenir las normas penales.

IMPUTABILIDAD: Subordinación de la persona a la ley penal. El imputable es incapaz de Derecho Penal, (no puede ser culpable), aunque su conducta sea típica e ilícita.

CULPABILIDAD: Es la situación en la que se encuentra una persona imputable y responsable. Es una relación de causalidad ética y psicológica entre un sujeto y su conducta.

  • Dolo
  • Culpa

PUNIBILIDAD: Elemento o consecuencia del delito, la sancionabilidad legal penal del comportamiento tipico, antijuridico, imputable y culpable.

CONDICIONALIDAD: Los autores niegan que se trate de un elemento del delito, son los requisitos que la ley señala eventualmente para que pueda perseguirse el delito.

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